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El contrato de arras: qué es y cómo funciona

Cuando comprador y vendedor llegan a un acuerdo pero aún no pueden firmar la escritura, lo habitual es firmar un contrato de arras. Es una señal que reserva la operación y da seguridad a ambas partes. Te explicamos en qué consiste.

¿Qué son las arras?

Las arras son una cantidad de dinero que el comprador entrega al vendedor como señal para reservar la vivienda, a cuenta del precio total. En el contrato se fijan el precio final acordado, el plazo para firmar ante notario y las condiciones de la operación.

Tipos de arras

El Código Civil contempla distintos tipos, y conviene dejar claro en el contrato cuál se aplica. Las más frecuentes en la compraventa de vivienda son las arras penitenciales:

  • Arras penitenciales (art. 1.454 del Código Civil): permiten a cualquiera de las partes desistir. Si se echa atrás el comprador, pierde la señal; si se echa atrás el vendedor, debe devolverla duplicada.
  • Arras confirmatorias: son una parte del pago y confirman el contrato; no permiten desistir libremente, y el incumplimiento puede acabar en reclamación.
  • Arras penales: funcionan como una penalización por incumplimiento, pero la parte cumplidora puede además exigir que se cumpla el contrato.

Si el contrato no especifica el tipo, pueden surgir discrepancias, así que es un punto importante a dejar por escrito.

¿Qué debe incluir el contrato?

  • Datos de comprador y vendedor y descripción de la vivienda (con su referencia catastral).
  • Precio total acordado y cantidad entregada como arras.
  • Tipo de arras (penitenciales, confirmatorias o penales).
  • Plazo máximo para firmar la escritura pública.
  • Reparto de gastos y qué ocurre si una parte incumple.

Consejos prácticos

  • Antes de firmar, pide una nota simple actualizada para comprobar la titularidad y las cargas.
  • Haz el pago por un medio que deje constancia (transferencia), nunca en efectivo sin recibo.
  • Fija un plazo realista para la escritura, sobre todo si el comprador necesita hipoteca.

Esta guía es informativa y no sustituye el asesoramiento legal. Para redactar o revisar un contrato de arras, consulta a un abogado o a tu notario.